La relatora para la Libertad de Expresión de la OEA, Catalina Botero, cuestionó la ley de medios de Ecuador. La Comisión Interamericana recomendó a Venezuela que permita a Radio Caracas Televisión (RCTV) participar en una licitación transparente para recuperar la licencia que le revocó Hugo Chávez, un asunto que ya está en estudio de la Corte Interamericana.
Parece una coincidencia, pero esas dos decisiones, que establecen una muy fuerte defensa de la OEA en favor de la libertad de expresión, pueden convertirse en un escollo inesperado para el gobierno argentino en momentos en que el caso Grupo Clarín acaba de ingresar a estudio de la Corte Suprema argentina.
La Convención Americana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana, la Relatoría y la Corte Interamericana establecen las normas que todos los países deben respetar en materia de libertad de expresión. Y dos de esos organismos acaban de decir que “la pretensión de un gobierno de garantizar el pluralismo no puede justificar que se violen las normas internacionales”. ¿Cumple la ley de medios aprobada en la Argentina en 2009 con esas pautas?
El 14 de junio, a instancias del presidente Rafael Correa, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una ley de comunicación audiovisual bastante similar a las que rigen en Venezuela y en la Argentina. Pero la relatora Botero, en una extensa carta que le envió al canciller de ese país, Ricardo Patiño, el 28 de junio último, criticó formalmente los aspectos centrales de esa norma: dice la relatora especial que una ley no puede regular en forma uniforme a la TV abierta y a los diarios y la TV por cable, porque “lo que puede resultar legítimo” para los canales de aire y para las radios, que usan un espectro radioeléctrico escaso, “puede no ser legítimo cuando se aplica a la TV por cable, a la prensa escrita y a lo que se difunde por Internet”.
Ésa es, precisamente, la diferencia que también hizo, en su fallo de abril último, la Cámara Civil y Comercial Federal cuando limitó las licencias de aire del Grupo Clarín, pero declaró inválidas las normas que afectaban a Cablevisión, que no usa espectro radioeléctrico. El Gobierno, para avanzar en contra de la cableoperadora, intentará contradecir ese criterio.
Botero también le recordó al presidente Correa que “el Estado debe ser neutral respecto de los contenidos emitidos por los medios de comunicación”. ¿Puede el gobierno argentino alegar que es neutral cuando la Corte argentina y una cámara de apelaciones condenaron al Gobierno a asignarles a Perfil y a Clarín publicidad que el Poder Ejecutivo les retacea y sólo entrega a los medios más cercanos al poder? Y, por otro lado, ¿es neutral con la publicidad que se emite a través de Fútbol para Todos?
Por si fuera poco, Botero también señaló que cada medio -no el gobierno- es el responsable de “establecer voluntariamente su propio código de ética”. El Estado, dice la carta, “no es el guardián de la ética periodística”. En otras palabras, ni el secretario de Comercio, Guillermo Moreno, ni ningún otro funcionario pueden imponerles criterios de conducta a los medios ni a los periodistas.
Pero el otro caso, tal vez el más resonante en América latina, es el de RCTV, un canal de aire independiente que se emitía desde Caracas y que dirigía Marcel Granier. En 2007, el entonces presidente Hugo Chávez dijo que “no se iba a tolerar ningún canal que esté al servicio del golpismo, contra el pueblo” y decidió no renovar la licencia de ese medio, permiso que además debería haber vencido sólo en 2027.
Por eso, el año último, la Comisión Interamericana, en un muy extenso informe oficial, recomendó a Venezuela que le permita a RCTV participar en un proceso licitatorio, sin discriminar a ese medio por su línea editorial. Del citado documento surgen algunos conceptos claros:
-Los medios de comunicación “son verdaderos instrumentos para la libertad de expresión”.
-La decisión de Venezuela de no renovar la licencia de RCTV respondió a su línea editorial crítica y fue resultado de un abuso y “desvío de poder”.
-La Comisión reconoce que la “asignación o no de una licencia de radio o televisión tiene un impacto definitivo sobre el derecho a la libertad de expresión” para los ciudadanos y para la democracia. Varios fallos argentinos habían negado esa vinculación directa, que ahora la Comisión Interamericana sí reconoce expresamente.
-La asignación y renovación de licencias deben estar estrictamente reguladas por una ley y deben sujetarse a criterios “imparciales y transparentes”. La Comisión afirmó que “otorgar o no esas licencias a canales y radios para presionar, castigar o premiar a los periodistas y a los medios es una restricción indirecta a la libertad de expresión”.
Desde hace dos meses, este caso que afecta a RCTV y al régimen venezolano está a estudio de la Corte Interamericana. Con un detalle importantísimo: los fallos de este tribunal son obligatorios para todos los países, incluso para la Corte Suprema nacional.
¿Hasta dónde conviene a la Argentina arriesgarse a contrariar a la OEA? Esta semana, un fallo de la Corte Interamericana condenó a nuestro país por no haber establecido un adecuado régimen de menores. ¿Podrá la Argentina incurrir en otra violación internacional?
Fuente: La Nación, 17.7.13 por Adrián Ventura, periodista argentino