En los últimos días, políticos masistas generaron con “marketera” intención una corriente de opinión sobre la Ley de Imprenta. Sí, los mismos que la defendían cuando estaban fuera del poder, ahora quieren cambiarla/anularla. Pero ninguno dio un solo argumento más que su rencor contra el buen periodismo.
Un masista dijo que la ley data de 1925, por tanto es vieja. A ver, la efectividad de una norma no depende de su edad, hay leyes que nacieron ayer, pero no se aplican por desidia o ignorancia de los encargados, una de ellas: la Constitución, que apenas tiene ocho añitos y ya fue violada por sus propios impulsores.
Otro masista indicó que es absoleta. No es cierto. El Gobierno aplicó la Ley de Imprenta. Fue cuando decidió procesar al responsable del desaparecido periódico La Prensa por la nota publicada el 9 de diciembre de 2008: “Evo negoció luz verde con los contrabandistas dos meses antes”. La “noticia” tuvo dos fuentes, Jesús Chambi Mamani (acusado de contrabando) y César López (presidente de Aduanas aquella vez), quienes revelaron que el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, autorizó liberar la mercancía ilegal de 33 camiones.
Pero el Gobierno abandonó el caso, supongo porque no tenía argumentos para probar sus acusaciones, aunque, en mi criterio, había en abundancia y hubiera ganado el juicio.
Pero el MAS se siente incapaz en tribunales independientes (de Imprenta). Una prueba: el procurador Héctor Arce acudió a un tribunal ordinario, controlado casi en su totalidad por el Gobierno, para obligar al periodista de La Razón, Ricardo Aguilar, a revelar su fuente sobre una información intrascendente en torno al tema marítimo, publicado el 13 de abril de 2014. Después de protestas sociales, el Tribunal de la Judicatura de La Paz declinó competencia el 5 de agosto y remitió el caso a un Tribunal de Imprenta, que se instaló el 18 de diciembre de 2014. Pero, el Gobierno no siguió el proceso, no tenía un solo argumento.
La ley no se aplicó antes por varios factores, entre ellos, no había democracia y tampoco alcaldes ni concejos electos para elegir a los miembros del Tribunal de Imprenta, sino hasta 1985. Sin embargo, en la era democrática un caso de Imprenta terminó con fallo. Fue el 20 de enero 2003, en Cochabamba, donde 12 jurados absolvieron al reportero Marco Carrillo Fuentes -quien después fue Asambleísta Constituyente por el MAS- de los casos de difamación, calumnia e injuria, pero le impusieron una sanción de 400 bolivianos porque encontraron “faltas de imprenta”.
Otro caso se produjo durante el gobierno banzerista. El entonces director de El Extra, Jimmy Iturri, hoy director de ATB, llamó esa vez a defender la Ley de Imprenta y salvó su cabeza gracias a ella, se acogió al artículo 20, que establece que “la acción penal prescribe en cuatro meses”. Su acusador, el exministro de Gobierno Wálter Guiteras, hubiera ganado el juicio si hubiera presentado la demanda en los plazos legales.
Otro masista opinó que se debe cambiar la Ley de Imprenta porque el presentador de TV, Carlos Valverde, mintió en el caso “Tráfico de Influencias” que involucra a Evo Morales, su expareja Gabriela Zapata, y al ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana. Si la mentira fuera una causa, tendríamos que cambiar la Constitución a cada rato porque algunos políticos mienten con frecuencia, entre ellos Morales y García.
Como pueden ver, el masismo no tiene un solo argumento, por lo que deduzco que su intención es llevar a los periodistas a los tribunales ordinarios, siguiendo el ejemplo de los “neoliberales”, que quisieron hacer lo mismo en el gobierno de Víctor Paz.
Otro objetivo oculto es anular el secreto de fuente, precepto esencial para investigar, no sólo del periodista, sino de cualquier ciudadano. Lo usa el mismo presidente Morales, cuando acusa y no dice la fuente. ¿O él puede decir lo que le venga en gana y no los otros ciudadanos?
La Ley de Imprenta tiene defectos, pero también, virtudes, y una de ellas es proteger al periodista de cualquier ataque para que informe con libertad e independencia. No es un fuero, un ciudadano puede procesar a un periodista en un tribunal ordinario, pero no un servidor público, éste debe someterse al Tribunal Constituido por la Opinión Pública, salvo que un periodista se haya inmiscuido en su vida privada.
Fuente: Página siete, 22.5.16 por Andrés Gómez, periodista boliviano